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Pymes y autónomos pierden ingresos por las trabas burocráticas y la falta de consenso administrativo

Pymes y autónomos no tienen acceso a las indemnizaciones por suspensión, total o parcial, de contratos públicos paralizados a raíz de la crisis sanitaria del Covid-19. La Ley de Contratos del Sector Público indica que la suspensión de un contrato público obliga a levantar un acta de suspensión por parte de la Administración licitadora, algo que no se está haciendo en muchos casos, en opinión del presidente de la PMcM, Antoni Cañete.

La ausencia del acta de suspensión impide acceder a las indemnizaciones por suspensión a los contratistas. Estas indemnizaciones se liquidarían una vez que el contratista demuestre que ha incurrido en aquellos gastos previstos por la ley, como el mantenimiento de empleos. «Sin un levantamiento del acta el contratista no puede facturar ni cobrar, y todo por una burocracia farragosa que se va a llevar por delante a muchas empresas», lamenta.

«Sin un levantamiento del acta el contratista no puede facturar ni cobrar, y todo por una burocracia farragosa que se va a llevar por delante a muchas empresas».

Antoni Cañete, presidente de la PMcM.

Inseguridad jurídica

De acuerdo con el artículo 34 del RD Ley 8/2020 sobre los contratos públicos, el hecho de que la Administración no diga nada sobre la solicitud de suspensión del contratista se entiende como desestimación, algo que produce mucha inseguridad jurídica en un contexto claramente caótico. En algunos casos, la situación es aún más «kafkiana», sobre todo en servicios considerados esenciales, como la atención domiciliaria a personas dependientes. «Pymes y autónomos tienen la obligación de mantener en plantilla al personal de un servicio que en muchos casos no pueden ofrecer actualmente por la crisis del Covid-19. Son casos en los que los beneficiarios están enfermos o se han trasladado a convivir con algún familiar durante el confinamiento».

A la confusa y pesada burocracia se suma la falta de unidad de criterio en algunos territorios. Por ejemplo, en Cataluña el método de solicitud de suspensión del servicio es responsabilidad de cada administración local concreta, sin un criterio común, por lo que se deben negociar las condiciones específicas con cada ayuntamiento, haciéndola «totalmente inviable», califica Cañete. Desde la Plataforma insisten en la necesidad de agilizar estos trámites burocráticos y establecer un criterio único y consensuado que permita facturar dichos contratos paralizados a pymes y autónomos.

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Anna León
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De la radio al mundo digital. Casi dos décadas comprometida con el periodismo.

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