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El infierno fiscal de Cataluña es un lastre para el crecimiento

Fachada del Palau de la Generalitat Foto: Europa Press

Desde hace varios años, la Generalitat ha venido incrementando constantemente la presión fiscal sobre sus ciudadanos. Lo ha hecho apurando al máximo todas sus competencias, tanto en los impuestos cedidos como en los impuestos propios. Mucho más que cualquier otra Comunidad Autónoma. Al mismo tiempo, se viene registrando en Cataluña un menor crecimiento de su PIB en relación con otras Comunidades menos fiscalistas, con caída de la inversión extranjera. La correlación entre ambos fenómenos es evidente. Cataluña se ha convertido en un territorio poco atractivo para que empresarios e inversores creen empleo en Cataluña. Y una de las causas de esto es la política fiscal implementada por la Generalitat.

En este artículo vamos a repasar las brechas fiscales más importantes que hacen de Cataluña un territorio menos atractivo que otras Comunidades.

Empezamos con los impuestos cedidos total o parcialmente a la Generalitat.

Impuesto sobre la renta (IRPF)

Lo que más llama la atención en la escala autonómica catalana del IRPF es el castigo que propina a los primeros tramos de renta. Esto perjudica a todos los contribuyentes, pero proporcionalmente más a las rentas más bajas. En efecto, la escala catalana empieza aplicando un 12% a los primeros 17.707 euros. En cambio, en las demás Comunidades, se empieza aplicando un tipo entre el 9 y el 10% a los primeros 12.450 euros. Notable diferencia.

De este modo, a un catalán con 30.000 euros de renta le sale una cuota íntegra autonómica de 3.846 euros. A un andaluz 3.595 euros. A un valenciano 3.552. A un madrileño 3.344. Es difícil entender esto.

Impuesto sobre el patrimonio

Este impuesto no debería existir en ningún sitio. Pero lo que más llama la atención en el Impuesto sobre el Patrimonio catalán es que su mínimo exento es de sólo 500.000 euros, mientras que en la mayoría de las Comunidades es de 700.000 euros. De nuevo esto perjudica a todos los contribuyentes, pero proporcionalmente más a los patrimonios más bajos. También esto es difícil de entender.

Impuesto sobre sucesiones

El 1 de mayo del pasado año 2020 entró en vigor en Cataluña un tremendo estacazo fiscal para las herencias derivadas de fallecimientos a partir de esa fecha (asombrosamente, en el pico de muertos de la pandemia). Se ha terminado así la favorable situación anterior. A partir del 1 de mayo la cuota a pagar se multiplica por siete.

En otras Comunidades (no sólo en Madrid) existen reducciones y bonificaciones sobre este tributo que colocan a sus contribuyentes en situación mucho menos perjudicial que en Cataluña. 

Impuesto sobre transmisiones patrimoniales (ITP) 

El tipo de gravamen que debe pagar por ITP el comprador catalán de un piso (cuando compra a un particular) es el 10%. Este altísimo tipo se aplica en muchas Comunidades. Pero en Andalucía se aplica un 8% (hasta 400.000 euros) y en Madrid un 6%.

Veamos ahora lo que pasa con los Impuestos propios, es decir, los que ha establecido ex novo la Generalitat. Aquí nos encontramos con un verdadero surtido de imaginativas figuras tributarias, en número mucho mayor que en cualquier otra Comunidad. Indicamos sólo los más importantes.

Impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos

Este impuesto afecta a todos los hoteles, viviendas turísticas, campings y cruceros. La tarifa oscila en Barcelona entre 0,65 y 2,25 euros por cada día de estancia. Está previsto subirla el 1 de junio de este año 2021 a un importe entre 1 y 3,50 euros. El Ayuntamiento de Barcelona ha aprobado un recargo municipal adicional de 0,75 euros a partir del 1 de junio de 2021, que se elevará gradualmente hasta llegar a los 4 euros en 2024. Este impuesto se repercute al cliente en la factura y forma parte de la base del IVA. 

Este impuesto sólo existe en Cataluña y en Baleares.

Impuesto sobre instalaciones que inciden en el medio ambiente

Este impuesto afecta a las compañías eléctricas y de telecomunicación. Por producir o transformar electricidad en Cataluña (p.ej. en las centrales de Vandellós y Ascó) se paga una cuota por cada kWh. Por el transporte de electricidad, telefonía y telemática se paga una cuota por cada kilómetro de línea y por cada poste y antena.

Este es un impuesto fuerte, que incide en un sector delicado. Afecta al precio de la energía y a la unidad de mercado. Entró en vigor el 1 de mayo de 2020.  Prevé una recaudación anual de 145 millones.

Con la intensidad del impuesto catalán sólo existe un impuesto igual en Extremadura.   

Impuesto sobre las emisiones de CO2 de los coches

Este impuesto afecta a todos los residentes en Cataluña que sean propietarios de un coche, furgoneta o motocicleta. Son 3,5 millones de contribuyentes. Ojo al dato. Es el impuesto propio de Cataluña con impacto social total. Prevé una recaudación anual de 155 millones. Una media de 44 euros por coche.

Se paga en función de los gramos de CO2 emitidos por kilómetro. Empieza a exigirse en noviembre de este año 2021. Cuota media por vehículo: 44 euros. Veremos si lo aplican.

Este Impuesto sólo existe en Cataluña.

Impuesto sobre bebidas azucaradas

Afecta a los distribuidores de bebidas azucaras envasadas (refrescos, zumos…) quienes cobrarán el impuesto al establecimiento que lo ponga a disposición del consumidor final. La cuota está entre 0,10 y 0,15 euros por litro, según la cantidad de azúcar.

Este impuesto sólo existe en Cataluña.

Este impuesto es compatible con el IVA. Recordemos que en la Ley de Presupuestos para el 2021 se ha elevado el IVA de estas bebidas del 10% al 21%.

Impuesto sobre viviendas vacías

Afecta a las sociedades (no personas físicas) titulares de viviendas que permanezcan vacías sin causa justificada durante más de dos años. Hay una tarifa progresiva, que va de 10 a 30 euros por metro cuadrado. 

Este impuesto sólo existe en Cataluña.

Impuesto sobre grandes establecimientos comerciales

Afecta a los grandes establecimientos comerciales individuales y a los Centros Comerciales con una superficie de venta superior a 2.500 metros cuadrados. Se paga en función del número de vehículos que utilizan el parking. 

Este impuesto sólo existe en Cataluña, Aragón y Asturias.

Conclusión

La voracidad recaudatoria de la Generalitat no tiene parangón. Establecen tributos sobre todo lo que se mueve. Cataluña ha adquirido así el dudoso honor de ser la Comunidad donde más impuestos hay y donde más altos son los tipos de gravamen. Sin paliativos. No les importa el efecto económico que eso pueda tener sobre la inversión y el empleo. Menos mal que no tienen competencias en el Impuesto sobre Sociedades ni en el IVA. No queremos pensar el desastre que hubieran ocasionado.

En algunos casos la recaudación obtenida por estas nuevas figuras tributarias no compensa los costes administrativos de gestión de la Generalitat. Y genera unos costes superiores en las empresas afectadas. Y rompe la unidad de mercado. Pero no les importa.  

Esto es lo peor de todo: esa manera de producir impuestos revela un ADN totalmente contrario a lo que Cataluña necesita para atraer la inversión y la creación de empleo. Si no cambian el chip, seguirá la decadencia.

Jesús Santidrian
Jesús Santidrian
Inspector de hacienda jubilado

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