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Sobre la ley del ‘solo sí es sí’: ¿libertad sexual o proteccionismo estatal?

Pancarta en una manifestación a favor de la ley del 'solo sí es sí'. EFE.

Si hay algo que podemos agradecer a movimientos como #MeToo o Time’s Up es que han puesto el foco en una cuestión fundamental en toda relación sexual: el consentimiento. En concreto, se ha señalado la importancia de que el consentimiento sea entusiasta, explícito y específico en el contexto de un encuentro erótico. Sin duda, cuanto más claro, obvio y concreto sea el consentimiento, mejor para todas las personas. Se evitan muchos malos entendidos, momentos tensos y por supuesto, prácticas de carácter delictivo. Porque decir «sí» no quiere decir «sí a todo», «siempre que te vea» y «de cualquier forma».

Esta es una idea que, salvando algunos matices, también parece compartir Irene Montero. La ministra de Igualdad está trabajando en esta dirección a propósito del anteproyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, el cual pretende reflejar las recomendaciones del Convenio sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Doméstica (alias Convenio de Estambul) sobre la violencia contra las mujeres. Entre sus objetivos se encuentra que el concepto de consentimiento no quede restringido a las concreciones de la jurisprudencia y para ello, insiste en que debe expresarse de forma concluyente e inequívoca.

Inducir al miedo, especialmente a las chicas jóvenes que son ciertamente vulnerables a estos mensajes, no es una actuación feminista sino una muestra de paternalismo

No dudo de que la propuesta sea bienintencionada, pues hay episodios de violencia sexual donde la mujer es incapaz, paralizada por el miedo o sintiéndose intimidada, de decir no de forma explícita. Sin embargo, el hecho de que a veces pueda ser difícil para una víctima decir no no significa que todos los casos de violencia sexual estén supeditados a esta circunstancia.

Por ello, me preocupa que se pretenda justificar la necesidad de la misma haciendo creer a la ciudadanía que España es un país inseguro para las mujeres o que las Manadas son el modelo de masculinidad que siguen todos los hombres que nos rodean. Inducir al miedo, especialmente a las chicas jóvenes que son ciertamente vulnerables a estos mensajes, no es una actuación feminista sino una muestra de paternalismo. Asimismo, asociar constantemente a los hombres con la imagen de ‘violador’ es una forma de sabotear el encuentro honesto y no sexista entre los sexos, pues inculca el odio y rechazo a los varones. No se puede culpar a todos del pecado de unos pocos.

Asociar constantemente a los hombres con la imagen de ‘violador’ es una forma de sabotear el encuentro honesto y no sexista entre los sexos, pues inculca el odio y rechazo a los varones

Obviamente, las intenciones de Montero no se reducen a redefinir el concepto de consentimiento sexual. También se plantea modificar los artículos 178, 179 y 180 del Código Penal, suponiendo esto, entre otras cuestiones el fin de la distinción entre abuso y violación. Actualmente, el Código Penal señala el abuso como «el que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual» (enfrentándose a una pena de prisión de 1 año o multa de 18 meses, hasta prisión de 6 años) mientras que la agresión sexual queda definida como aquel acto que “atentare contra la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación” (siendo la pena de 1 a 15 años de prisión).

De modo que, si los planes de Montero siguen adelante, una misma tipología penal (agresión sexual) aglutinaría tanto la situación donde una mujer es sometida a tocamientos sin mediar intimidación como aquella otra donde es violada a golpes y a punta de pistola. Si bien ambos hechos son desagradables, ofensivos y delictivos, la pregunta es, ¿es razonable que se juzguen como si el daño para la víctima fuera similar y/o comparable?

Si los planes de Montero siguen adelante, una misma tipología penal (‘agresión sexual’) aglutinaría tanto la situación donde una mujer es sometida a tocamientos sin mediar intimidación como aquella otra donde es violada a golpes y a punta de pistola

Otra cuestión que merece ser discutida es que el anteproyecto de ley presenta la sexualidad como una dimensión donde las mujeres se encuentran constantemente en desventaja, como si estuviéramos expuestas de una forma obscena al peligro y a continuas acciones intimidatorias por parte del otro sexo. Aunque suene impopular, el consentimiento sexual no tiene por qué ser siempre explícito y concluyente. A veces se manifiesta a través del lenguaje corporal, gestos, visual o un lenguaje codificado (por ejemplo, en las prácticas de BDSM). Considero que el planteamiento del borrador fomenta una perspectiva infantilizada de las mujeres, como si fueran sujetos incapaces de definir de forma autónoma los límites de sus relaciones eróticas, quedando su libertad sexual supeditada al proteccionismo estatal y a un feminismo biempensante.

Sin duda, las que salen directamente perjudicadas son las trabajadoras sexuales, pues la propuesta de ley desconfía de su capacidad de autonomía y de agencia sobre sus decisiones y cuerpos. Montero habla de escuchar a todas las mujeres, pero luego, atormentada por su puritanismo, elige quien puede o no tener voz en el diálogo con las instituciones. Más que libertad sexual, la ley del «sí solo es sí» se inspira en una norma de control sexual. En mi opinión, queda supeditada a la ideología de que todas las mujeres tenemos que identificarnos como víctimas, incapaces de gestionar nuestra sexualidad sin Papá Estado. Un feminismo ilustrado debería poner el foco en la educación de los sexos, el placer y la responsabilidad personal antes que creer que el punitivismo y el control de la sexualidad son triunfos para las mujeres.

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