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«El Tribunal Constitucional NO es parte del poder judicial»

RodaMon, el podcast de Josep Ramón Bosch, con Pere Lluís Huguet Tous. | Una oportunidad para el PP Catalán.

En la conversación de RodaMón con Josep Ramón Bosch, Pere Lluís Huguet Tous lanzó una afirmación contundente: el Tribunal Constitucional (TC) no forma parte del poder judicial. Esta declaración, que corrige el error ministro Félix Bolaños, se argumenta a partir de la «naturaleza misma del TC según la Constitución Española».

«Este órgano, regulado en el Título IX, es el máximo intérprete de la Constitución y no un tribunal ordinario encargado de administrar justicia«, como los que integran el poder judicial del Título VI. Su función es garantizar la supremacía constitucional, un rol que lo sitúa fuera de la estructura judicial tradicional y lo dota de un carácter político por diseño.

Un árbitro constitucional

El argumento de Huguet es claro: los magistrados del TC son nombrados por los poderes políticos —Congreso, Senado, Gobierno y CGPJ—, lo que refleja su naturaleza como un árbitro constitucional influido por el equilibrio de fuerzas políticas. Sin embargo, advierte, «este carácter político no debería traducirse en una dependencia de los partidos».

Históricamente se elegían juristas de prestigio con afinidades ideológicas, los «pata negra» del derecho. Ahora, bajo el gobierno de Pedro Sánchez se ha roto esta tradición al designar figuras como exmiembros del Consejo de Ministros.

La reflexión trasciende lo meramente técnico o formal y apunta a un problema mayor: la fragilidad de las instituciones democráticas ante maniobras políticas. En el contexto de cesiones a fuerzas nacionalistas y populistas, como las que critica junto a Bosch, un TC controlado políticamente pierde su capacidad de frenar abusos de poder, como los vividos en el «procés» de 2017. Su advertencia es un llamado a preservar la independencia de este órgano clave, recordándonos que, aunque no sea poder judicial, su rol es esencial para proteger la democracia. En tiempos de polarización, esta distinción no es solo jurídica, sino un «termómetro de la salud del Estado de derecho».

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