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El TSJC frena el plan escolar solo en catalán de la Generalitat

La sentencia del TSJC da aire a las familias que denuncian opacidad lingüística en el Bachillerato Internacional de los institutos públicos catalanes.

El TSJC frena el plan escolar solo en catalán de la Generalitat
El TSJC frena el plan escolar solo en catalán de la Generalitat

El TSJC frena el plan escolar solo en catalán de la Generalitat — la sentencia respalda a quienes denuncian opacidad en el Bachillerato Internacional.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictado una sentencia fechada el 14 de noviembre que, según la Asamblea por una Escuela Bilingüe de Cataluña, anula parcialmente el documento de gestión de los centros educativos para el curso 2025-2026 y frena el intento de convertir el catalán en única lengua de cohesión social en las escuelas públicas.

Según la entidad, el tribunal estima parcialmente su recurso y tumba los apartados del documento interno que definían el catalán como única lengua de uso social, cultural y comunitario en los centros, recordando que el modelo debe ser de “conjunción lingüística” y que no se puede excluir el castellano como lengua vehicular.

La sentencia afecta al llamado documento de organización y gestión de centros (DOIGC), que fija las líneas de actuación para el curso 2025-2026 y que el propio Departament de Educació presenta como la guía central de la política educativa de la Generalitat.

Este fallo llega, además, pocos meses después de otra resolución del mismo tribunal que anuló varios artículos del decreto autonómico de régimen lingüístico por no garantizar una presencia razonable del castellano en la enseñanza, al considerar que se producía un desequilibrio a favor del catalán.

Bachillerato Internacional y opacidad

En paralelo a este frente judicial, permanece abierto el conflicto por el Bachillerato Internacional en los institutos públicos catalanes. La Comisión de Garantía del Derecho de Acceso a la Información Pública estimó en julio de 2024 una reclamación y obligó al Departamento de Educación a entregar las pruebas de acceso al Bachillerato Internacional de ese año, al considerar que los exámenes son información pública utilizada en un proceso selectivo.

La resolución rechaza que esas pruebas puedan considerarse simples “documentos internos” y descarta el argumento del coste de elaboración para denegar el acceso, subrayando que se utilizan para seleccionar alumnos en un procedimiento competitivo similar al de las pruebas de acceso a la universidad.

Un reportaje reciente, apoyado en las webs oficiales de los diez institutos públicos que imparten esta doble titulación, describe un patrón reiterado: las clases del Bachillerato Internacional se imparten mayoritariamente en catalán, mientras que los exámenes oficiales externos del programa se realizan en castellano, lo que lleva a la AEB a hablar de un “bachillerato provinciano” más que internacional.

La Asamblea por una Escuela Bilingüe de Cataluña sostiene que lleva dos años pidiendo sin éxito información clara sobre la lengua de impartición de las materias y sobre el idioma en el que se examinan los alumnos que quieren acceder al programa, motivo por el que ha recurrido una y otra vez a los mecanismos de transparencia.

Para la entidad, la Generalitat está aplicando la misma lógica de inmersión lingüística también a este programa internacional, desplazando al castellano del aula incluso cuando el título final se evalúa en esa lengua.

La presidenta de la Asamblea por una Escuela Bilingüe de Cataluña, @analofe, subraya que en Cataluña las asignaturas del Bachillerato Internacional se imparten en catalán, aunque los alumnos acaban examinándose en español, lo que convierte un título “internacional” en un recorrido muy condicionado por la inmersión lingüística autonómica.

La combinación de la nueva sentencia sobre el documento de gestión de los centros y de los fallos previos sobre el decreto lingüístico dibuja un mensaje claro del alto tribunal catalán: el castellano no puede desaparecer de la vida escolar ni quedar reducido a una asignatura residual o a un papel meramente formal.

Al mismo tiempo, el caso del Bachillerato Internacional revela los límites de esa corrección judicial cuando la Administración mantiene una política de opacidad sobre datos clave, como la lengua real de impartición de las asignaturas o los criterios lingüísticos de acceso. Esa información sigue sin publicarse de forma sistemática; su alcance concreto continúa no confirmado, más allá de los casos documentados por asociaciones y familias.

En este contexto, la sentencia de noviembre no solo corrige unos párrafos en un documento interno: obliga a la Generalitat a replantearse su estrategia lingüística si quiere seguir llamando “conjunción” a un modelo que los tribunales describen, cada vez con más claridad, como desequilibrado.

María Riera
María Riera
Licenciada en Ciencias de la Información por la UCM.

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