La Secretaría de Estado de Seguridad ha introducido cambios en el protocolo de detención policial que afectan, de nuevo, al tratamiento de las personas trans. La nueva Instrucción 10/2025, hecha pública en septiembre, actualiza el procedimiento integral aprobado en 2024 y mantiene el mandato general de respeto a la identidad de género, pero suprime las frases que ordenaban actuar “con independencia del sexo registral que figure en sus documentos administrativos” en la asignación de celdas y en la práctica de determinados registros. Sí, tal cual.
La protección a las personas trans se mantiene, pero se rebaja la literalidad con la que el protocolo anterior exigía ignorar por completo el sexo legal del detenido con los problemas que ello podía repercutir en el trato y las garantías judiciales del resto de detenidos.
La Instrucción 1/2024 se aprobó a comienzos de 2024 como desarrollo operativo de la Ley 4/2023, conocida como Ley Trans, con el objetivo de garantizar el “máximo respeto” a las personas LGTBI, y en particular a las personas trans, durante su detención y permanencia en dependencias policiales.
El texto de 2024 describía a este colectivo como «históricamente castigado» por un trato desigual y preveía medidas específicas: posibilidad de celda individual cuando su integridad física o moral pudiera verse comprometida, obligación de que el registro personal lo realizara personal del mismo sexo que la persona detenida y exigencia de dejar por escrito el consentimiento cuando hubiera contradicción entre identidad manifestada, fisiología y documentación de identidad.
En varios pasajes, la instrucción subrayaba que ese trato debía dispensarse “con independencia del sexo registral que figure en sus documentos administrativos”, una fórmula que reforzaba la prioridad de la identidad de género expresada sobre la mención legal al sexo.
La nueva instrucción se presenta ahora como una actualización técnica del procedimiento integral de detención, basada en la experiencia (antes se ve que no se podía prever) de su aplicación, los problemas y abusos acaecidos y en las recomendaciones de organismos privados. La versión de 2024 se interpretó en algunas comisarías como una obligación de ignorar por completo el sexo legal en la asignación de celdas y en determinados cacheos, incluso cuando la persona detenida conservaba fisiología masculina pero manifestaba identificarse como mujer. No hace falta detallar los conflictos derivados de ello, que se desencadenaron en abusos de la normativa por parte de los delincuentes y sin margen de maniobra para los agentes de la ley.





