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Cuentas conjuntas bloqueadas al morir uno de los titulares. El recordatorio que indigna

Recuerden: esto es España. El Banco central ha emitido estos días un polémico recordatorio respecto una de las normativas más kafkianas del Estado: en caso de muerte de uno de los cotitulares de una cuenta conjunta de tipo mancomunada, el superviviente no puede disponer libremente del saldo disponible. Este dinero queda parcialmente bloqueado hasta obtener el consentimiento expreso de todos los herederos del fallecido, lo que genera insufribles complicaciones burocráticas y retrasos más que significativos.

La medida no es un cambio normativo reciente, sino una norma vigente desde hace años, basada en el Código Civil español, que «protege los derechos sucesorales y evita posibles fraudes o disputas familiares.»

El núcleo del problema radica en la distinción entre tipos de cuentas. En las mancomunadas, que requieren la firma de todos los titulares para operaciones, el fallecimiento implica una paralización automática: solo se permiten débitos preautorizados, como pagos de servicios básicos, siempre que no haya oposición. En contraste, las cuentas indistintas o solidarias permiten al superviviente operar con normalidad hasta resolver la herencia, sin intervención inmediata del banco.

Esto afecta especialmente a parejas sin hijos o con herederos colaterales lejanos, donde el acuerdo podría demorarse meses, dejando al cónyuge en una situación vulnerable durante el duelo, con posibles impactos en pagos esenciales como hipotecas o facturas.La advertencia ha generado un notable revuelo en los últimos días, amplificado por artículos en medios económicos y debates en redes.

Muchos expresan sorpresa al descubrir estas restricciones. El sentir general es de frustración ante la enésima confirmación de la complejidad burocrática del sistema, que complica la vida cotidiana de familias estables, especialmente en un país con una población envejecida y cada vez más parejas sin descendientes directos.

El consenso es claro; prima la desconfianza hacia las cuentas compartidas, empujando a alternativas como designar autorizados –quienes operan sin ser titulares, y cuya autorización no se extingue automáticamente con la muerte– o optar por cuentas separadas con poderes notariales.

Guillem Espaulella
Guillem Espaulella
Politòleg per la Universitat Pompeu Fabra.

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