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La Fiscalía de la Audiencia Nacional archiva la investigación a Julio Iglesias por falta de competencia

El Ministerio Público archiva la investigación por falta de competencia territorial

Julio Iglesias
Julio Iglesias

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha archivado la denuncia por una presunta agresión sexual contra Julio Iglesias al determinar que los hechos no son competencia de la jurisdicción española. 

El Ministerio Público abrió diligencias el pasado 5 de enero para examinar la denuncia presentada por dos extrabajadoras del artista, quienes afirmaban haber sufrido agresiones sexuales y otros delitos en República Dominicana y Bahamas en 2021. No obstante, la Fiscalía ha concluido que los tribunales españoles carecen de competencia, al haberse producido los hechos en el extranjero, ser las denunciantes extranjeras y no residir el cantante en España.

«Existe una falta de jurisdicción de los tribunales españoles y, en consecuencia, una falta de competencia de la Fiscalía de la Audiencia Nacional para conocer de la investigación preprocesal de los hechos denunciados», señala en su decreto de archivo la teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Marta Durántez.

Protección de las denunciantes

En un decreto de siete páginas, la fiscal recuerda que el día 16 se acordó conceder a las denunciantes el estatus de «testigos protegidos» y abrir una pieza separada para salvaguardar su identidad. Posteriormente, los días 21 y 22 de enero, tomó declaración a ambas por vía telemática.

Hechos fuera de España

Durántez señala que los hechos presuntamente delictivos «habrían ocurrido fuera del territorio español, concretamente en la República Dominicana y en las Bahamas». Añade que los denunciados no residen en España «ni mantienen en este país su centro de vida, intereses o actividad». Precisa además que esta circunstancia se da «con independencia de que Iglesias tenga propiedades inmobiliarias» en España. 

Asimismo, la fiscal subraya que las denunciantes tienen nacionalidad brasileña y colombiana y que, por tanto, «no tienen nacionalidad española ni residen en España, ni viajaron con el denunciado en ningún momento a España, careciendo por completo de vínculo personal o territorial con nuestro país».

El Ministerio Público añade que no consta que «las autoridades de los países donde se habrían cometido los hechos hayan renunciado a ejercer su jurisdicción o se encuentren imposibilitadas para hacerlo», un requisito que exige la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) para que la jurisdicción española pueda asumir este tipo de casos.

Referencias legales y jurisprudencia

Tras delimitar estos parámetros, Durántez se adentra en el análisis legal y jurisprudencial para concluir que carece de competencia. Recuerda que la sentencia del Tribunal Supremo 974/2016 ya fijó los límites a la expansión extraterritorial de la jurisdicción, al subrayar que «no corresponde a España investigar hechos cometidos allende sus fronteras cuando otro Estado tiene una competencia clara y efectiva para hacerlo».

En esta línea, la Audiencia Nacional, conforme a la doctrina del Tribunal Supremo, ha reiterado que España no es competente para investigar delitos cometidos en el extranjero cuando no existen vínculos relevantes con el país, especialmente si las víctimas y los presuntos autores son extranjeros, no residen en España y los hechos se investigan o pueden investigarse en el Estado donde ocurrieron.

Cierre

En consecuencia, la Fiscalía de la Audiencia Nacional ha archivado la investigación, dejando claro que, al haberse producido los hechos en el extranjero, con víctimas y denunciados sin vínculos relevantes con España y sin impedimentos de otros Estados para investigar, los tribunales españoles no tienen competencia para actuar en este caso.


Alba Piulachs
Alba Piulachs
Alba Piulachs Riera, licenciada en Comunicación Audiovisual por la UIC. Creadora de contenidos y Community Manager en el sector de la moda.

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