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Regalos de boda: Hacienda alerta a los recién casados sobre obligaciones fiscales

La Agencia Tributaria considera los regalos de boda como donaciones de los invitados

Imagen generada con Inteligencia Artificial

Casarse en España no es barato: de media, una boda supera los 24.000 euros, y el banquete suele ser el gasto más elevado, con 13.000 a 14.000 euros entre aperitivo y barra libre. Muchas parejas confían en que los regalos de boda ayuden a aliviar el presupuesto, sin darse cuenta de que también deben declararlos ante la Agencia Tributaria.

Los regalos de boda también tributan

En España, una donación se define como la entrega de un bien o dinero a otra persona en vida sin recibir nada a cambio, y está sujeta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Hacienda considera que los regalos de boda entran dentro de esta categoría, ya sean en efectivo o en bienes. 

Además, en los últimos años, muchas parejas optan por recibir transferencias bancarias en lugar del tradicional sobre con dinero, lo que facilita que el organismo pueda rastrear el dinero.

Obligaciones bancarias 

Los bancos están legalmente obligados a informar a Hacienda sobre:

  • Transferencias superiores a 3.000 euros.
  • Ingresos en efectivo con billetes de 500 euros.
  • Cualquier ingreso en efectivo superior a 1.000 euros.

Por ello, si los novios reciben dinero que supere estos importes, el banco podría solicitarles que justifiquen su procedencia para calcular y pagar los impuestos correspondientes.

Cómo declarar los regalos de boda

Para pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, los novios deben presentar el modelo 651 en la oficina de Hacienda correspondiente dentro de los seis meses siguientes a la recepción del regalo, es decir, la fecha de la boda. La cantidad a tributar dependerá del grado de parentesco entre quien hace el regalo y quien lo recibe, así como del régimen fiscal de la pareja.

Sanciones

Ignorar estas obligaciones puede acarrear importantes sanciones económicas:

  • 50% de la cantidad no declarada si es hasta 3.000 euros.
  • Entre 50% y 150% de la cantidad no declarada cuando supere los 3.000 euros.
  • Hasta 150% de la cantidad no declarada en casos de infracciones muy graves o prácticas fraudulentas.

Además, si Hacienda tiene constancia de los bienes o dinero recibido, puede requerir a los cónyuges que justifiquen el aumento de su patrimonio hasta cuatro años después de recibir el regalo.

María Riera
María Riera
Licenciada en Ciencias de la Información por la UCM.

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