El TEDH ratifica la actuación del Supremo y rechaza los recursos de Junqueras, Turull y Sànchez

El TEDH confirma que España no vulneró sus derechos políticos al mantenerlos en prisión preventiva

Oriol Junqueras y Jordi Turull
Oriol Junqueras y Jordi Turull

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ratificó de forma definitiva que España actuó dentro de la legalidad al imponer prisión preventiva a Oriol Junqueras, Jordi Turull y Jordi Sànchez. Según el tribunal, no se vulneraron sus derechos políticos en relación con el proceso independentista de 2017.

Un panel de cinco magistrados con sede en Estrasburgo rechazó este lunes la solicitud de los demandantes para que la Gran Sala revisara el caso. Con ello, se confirma la sentencia de noviembre pasado, que desestimó los argumentos de los políticos independentistas.

Rechazo unánime a las demandas

A finales de 2025, los siete jueces que examinaron la demanda rechazaron por unanimidad los argumentos de los tres dirigentes. Ellos sostenían que España había vulnerado sus derechos políticos y su libertad de expresión al mantenerlos en prisión preventiva. Alegaban que esta medida les impidió participar en la vida política de Cataluña a pesar de haber sido elegidos para cargos institucionales. También afirmaban que las acciones judiciales buscaban “silenciarlos” e “intimidarlos” para que abandonaran la política.

El tribunal respondió que “las autoridades nacionales evaluaron los distintos intereses en juego de manera que no puede considerarse arbitraria, sin menoscabar la libertad de expresión del pueblo”.

Contexto

Los tres dirigentes fueron mantenidos en prisión preventiva tras las manifestaciones en Barcelona del 20 y 21 de septiembre y el referéndum ilegal de autodeterminación del 1 de octubre de 2017.

  • Oriol Junqueras argumentó que no pudo ejercer como diputado autonómico tras las elecciones de 2017.
  • Jordi Turull cuestionó la proporcionalidad de su prisión, ya que era diputado y candidato a la presidencia de la Generalitat.
  • Jordi Sànchez denunció que la prisión preventiva le impidió participar en la campaña electoral y en la actividad parlamentaria tras los comicios.

El TEDH concluyó que estas medidas “no resultan incompatibles con la esencia de su derecho a ser elegidos y ocupar un escaño en el Parlamento”. Los jueces recordaron que los demandantes estaban siendo procesados por delitos graves. Por ello, no podían esperar participar en elecciones sin restricciones. Además, la finalidad de prevenir actos contrarios al orden constitucional y democrático no puede considerarse “política”, según el tribunal.

No hubo intención política

El tribunal señaló que, pese a estar en prisión preventiva, los partidos independentistas pudieron presentar candidatos en las elecciones del 21 de diciembre de 2017. Tras los comicios, la coalición propuso a Jordi Sànchez y Jordi Turull como candidatos a la presidencia de la Generalitat, lo que demuestra que no se les bloqueó políticamente.

Con esta decisión, el TEDH cierra definitivamente la vía judicial europea sobre el caso. Se consolida así que la prisión preventiva de Oriol Junqueras, Jordi Turull y Jordi Sànchez no vulneró derechos fundamentales ni políticos de los afectados.


María Riera
María Riera
Licenciada en Ciencias de la Información por la UCM.

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