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Errejón acusa al juez de creer sin pruebas a Mouliaá

El exdiputado recurre ante la Audiencia Provincial de Madrid un auto de procesamiento por presunto abuso sexual y reprocha al juez Adolfo Carretero que eleve a indicio casi único el testimonio de Elisa Mouliaá, reabriendo el choque entre el “yo sí te creo” y la presunción de inocencia.

Errejón acusa al juez de creer sin pruebas a Mouliaá
Errejón acusa al juez de creer sin pruebas a Mouliaá

El recurso de Íñigo Errejón ante la Audiencia Provincial de Madrid, un escrito de 79 páginas, es algo más que un trámite procesal. El exdiputado recurre su procesamiento por un presunto delito continuado de abuso sexual y acusa al juez Adolfo Carretero de haber “asumido íntegramente” la versión judicial de Elisa Mouliaá, elevando su declaración a indicio prácticamente único y pasando por alto testigos, peritos y documentación de la defensa. Sostiene que, si el magistrado diera por buenas las declaraciones de los amigos presentes aquella noche, habría que concluir que “todos han cometido falso testimonio excepto Mouliaá”, algo que considera ilógico.

Tras unos trece meses de instrucción, el Juzgado de Instrucción nº 47 de Madrid acordó continuar el procedimiento al apreciar “indicios suficientes” de delito, basándose en la declaración de la actriz, testimonios de referencia y periciales médicas. Al mismo tiempo, el juez descartó aplicar la Ley Orgánica 10/2022 del “solo sí es sí”, al entender que el antiguo artículo 181.1 del Código Penal —abuso sexual— es más favorable que el nuevo marco, en aplicación del principio de retroactividad de la ley penal más benigna.

La defensa insiste en que no existe “ni un solo elemento periférico” que respalde la acusación, subraya las supuestas contradicciones de Mouliaá y recuerda que la denuncia se interpuso tres años después de la noche del 8 de octubre de 2021, lo que, a su juicio, debilita la “persistencia en la incriminación”, uno de los criterios clásicos para que un testimonio sea prueba de cargo suficiente. Además, Errejón aportó la conversación íntegra de Instagram mantenida con la actriz desde 2019, donde se aprecia un trato cordial, solicitudes de favores y hasta la petición de contacto de una abogada penalista, algo que la defensa presenta como incompatible con el relato de una agresión nunca denunciada hasta 2024.

El choque rebasa el caso individual. De un lado, la política del “yo sí te creo” convertida en consigna penal y cultural; de otro, la presunción de inocencia, que exige pruebas robustas y resiste el atajo de condenar “por principio”. Errejón, que durante años militó en el espacio que abrazó ese feminismo punitivo, denuncia ahora que el juez “ignora las pruebas practicadas” y reinterpreta la instrucción en su contra, mientras la denunciante reivindica que “nadie está por encima del escrutinio judicial”. El boomerang político y cultural es evidente.

En paralelo, la Audiencia Provincial de Madrid ha ido acotando el campo de juego: estimó el recurso de la defensa y declaró que analizar el teléfono móvil de Errejón “no resulta proporcionado”, dado que las conversaciones ya habían sido aportadas y podían recabarse de las propias plataformas, y descartó imputarle un delito de desobediencia por negarse a entregar el terminal. Recordatorio incómodo para algunos: incluso en causas hipermediatizadas, los derechos fundamentales —intimidad, defensa, presunción de inocencia— siguen operando como límite al populismo punitivo y al uso expansivo del derecho penal.

Las redes han reaccionado de manera especialmente crítica con el giro de Errejón:

@manuel_llamas, economista liberal y divulgador en materia económica y jurídica, recuerda que Errejón negaba las denuncias falsas y gritaba “hermana, yo sí te creo”, y califica su situación actual de “karma” y de ejemplo de alguien que saborea su propia medicina.

@JMASPASC, humorista político de derechas conocido como Pastrana, se pregunta si todos los que sostienen que las denuncias falsas no existen deberían “seguir el destino de Errejón”, subrayando la contradicción entre el discurso feminista oficial y la reacción cuando el acusado es de la propia tribu ideológica.

@MalaLeche666, tuitera habitual en debates políticos, resume el caso señalando que Errejón ha pasado del “hermana, yo sí te creo” a sostener que “esta denuncia es falsa”, y lo presenta como ejemplo perfecto de doble rasero en materia de agresiones sexuales.

En la última década se ha retratado la presunción de inocencia como un obstáculo “patriarcal” hasta que la maquinaria alcanza a uno de los propios. Entonces reaparecen, mágicamente, el respeto a las pruebas, la duda razonable y las garantías procesales que se caricaturizaron durante años desde los escaños y los platós. Más consignas, más reformas simbólicas, más presión mediática… y, como resultado, más inseguridad jurídica para todos.

Desde una lógica de Estado de derecho, la salida razonable es otra: reglas iguales para todos, sin atajos emocionales ni blindajes ideológicos; menos legislación espectáculo, menos intervencionismo penal identitario y más estándares probatorios claros, predecibles y universales. Si las garantías sólo valen cuando el acusado nos cae bien políticamente, dejan de ser garantías para convertirse en poder discrecional del Estado.

Ignasi Boltó
Ignasi Boltó
Vídeorealizador, Youtuber y Asesor de Comunicación. A favor de una sociedad abierta y tolerante.

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