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El Tribunal Supremo es partidario de revocar el tercer grado a los presos del ‘procés’

La Sala de lo Penal deliberó este jueves parte de los recursos que presentó la Fiscalía contra la concesión del régimen de semilibertad y seguirá la semana próxima

Líderes independentistas condenados por el 'procés'/ Europa Press

El Tribunal Supremo (TS) es partidario de revocar el tercer grado a los presos del procés, según adelanta El País. La Sala de lo Penal deliberó este jueves parte de los recursos que presentó la Fiscalía contra la concesión del régimen de semilibertad. El Supremo valora, entre otras razones, que los presos han declarado públicamente que volverían a actuar como lo hicieron en el otoño de 2017.

El tribunal está integrado por el presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, que ejerce como ponente, y los magistrados Andrés Martínez Arrieta, Juan Ramón Berdugo, Andrés Palomo, Antonio del Moral y Ana Ferrer.

Durante la reunión celebrada este jueves, al tribunal solo le dio tiempo a revisar los recursos relativos a cuatro de los nueve presos. Así, seguirá deliberando la semana próxima sobre el tercer grado penitenciario, así como el régimen de semilibertad que se les trató de aplicar por la vía del artículo 100.2 del régimen penitenciario, han señalado fuentes del alto tribunal.

Forcadell y Bassa

La Fiscalía del Tribunal Supremo recurrió el pasado mes de agosto ante el alto tribunal el tercer grado que la juez de vigilancia penitenciaria número 5 de Cataluña avaló con respecto al exvicepresidente y líder de ERC, Oriol Junqueras; los exconsellers Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva y Joaquim Forn; el expresidente de la ANC y dirigente de JxCat, Jordi Sànchez, y el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart.

La decisión de anular el tercer grado, si se confirma para los nueve presos, solo tendría consecuencias prácticas para la expresidenta del Parlament Carme Forcadell (condenada a 11 años y medio por sedición) y la exconsejera Dolors Bassa (12 años por sedición y malversación). Ellas fueron las únicas que se beneficiaron de las discrepancias de criterio existentes entre los juzgados de vigilancia penitenciaria sobre si la semilibertad de los presos del procés debía quedar en suspenso hasta que el Supremo la confirmara o anulara. 

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