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La Agencia Española del Medicamento se resiste a aceptar la sentencia del TJUE sobre el CBD

La AEMPS sigue haciendo una interpretación literal , contraria al TJUE, del Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas y la Convención Única sobre Estupefacientes.

Plantas de cáñamo.

El pasado 19 de Noviembre 2020 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó sentencia sobre la comercialización de productos de CBD en la UE sentando dos principios de gran trascendencia para este emergente sector económico, que va desde el cultivo hasta la investigación medica, pasando por la cosmética o los alimentos.

1.“Para definir los conceptos de droga o estupefaciente, el derecho de la Unión se remite al Convenio sobre substancias psicotrópicas de 1971 y ala Convención sobre Estupefacientes de 1961. Pues bien, el CBD no se menciona en el primero, y si bien es cierto que una interpretación literal de la segunda podría llevar a clasificarlo como estupefaciente, sería contraria al espíritu general de esa Convención y a su finalidad de proteger la salud física y moral de la humanidad”

En otro momento de la misma sentencia se afirma:

2. «Un estado miembro no podrá prohibir la comercialización del CBD legalmente producido en otro estado miembro si se extrae de la planta de Cannabis Sátiva en su totalidad y no sólo de sus fibras y semillas”.

Dicho de otro modo, la interpretación que sigue manteniendo la AEMPS, interpretación literal siguiendo las palabras del TJUE, y que últimamente ha vuelto a reiterarse por el Comisionado para el Tabaco o el Departamento de Agricultura de la Generalitat, en el sentido de que todas las sumidades floridas del cañamo deben ser tenidas por estupefacientes, carece de justificación científica y de amparo en el Derecho de la Unión.

Si a ello unimos que no puede vetarse la comercialización de productos de CBD producidos legalmente en un país miembro, y son muchos, debemos preguntarnos cual es el sentido de la interpretación de la AEMPS.

El cáñamo es beneficioso, aunque no milagroso, como antiinflamatorio, anticonvulsivo y calmante del dolor, entre otras ventajas.

Desde luego no la salud de los españoles, puede comprarse el producido legalmente en un país miembro, busquen ustedes , por ejemplo , en Amazon, y además hasta el TJUE niega tal efecto perjudicial. El cañamo con un índice de psicoactividad menor de 1 y alto contenido de CBD se ha demostrado ser beneficioso, que no milagroso, como antiinflamatorio, anticonvulsivo y calmante del dolor entre otras ventajas, sin los efectos psicotrópicos de la marihuana. La interpretación de la AEMPS tampoco defiende los intereses de la hacienda pública que pierde muchos millones en recaudación fiscal. Y , mucho menos, los legítimos intereses de agricultores, estanqueros e industriales. También se resiente la investigación para usos medicinales, cosméticos o de alimentación.

Parecería que se quiere replicar el modelo del aceite, ya en fase de superación. Cultivar aquí y marketing, tratamiento y comercialización en otros lugares.

El país habrá perdido una oportunidad de ser una potencia mundial y muchos emprendedores se habrán arruinado y sufrirán el estigma.

Ante estas circunstancias, y la poca transparencia en la obtención de licencias, no me extraña que surjan teorías ‘ conspiranoicas’ que hablen de ‘lobbies‘ de diverso pelaje interesados en mantener las restricciones como el farmacéutico y otros. La mejor manera de desmentirlo fehacientemente sería, de entrada , adecuar la interpretación de la AEMPS a la del TJUE y facilitar la obtención de licencias mediante criterios objetivos y transparentes de concesión, mientras se prepara un marco regulatorio para todo el sector. De no hacerlo serán los Tribunales quiénes acabarán imponiendo la doctrina del TJUE, pero el país habrá perdido una oportunidad de ser una potencia mundial, condiciones climáticas tenemos, y muchos emprendedores se habrán arruinado y sufrirán el estigma, y eventualmente las condenas penales o administrativas, de atentar, supuestamente, contra la salud pública. Y no parece que estemos para perder oportunidades.

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Francesc Moreno
Francesc Moreno
Abogado y editor. Ha sido profesor de derecho financiero en la UAB y derecho mercantil en la UB. Fundador de cronicaglobal.com y SCC .

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