La televisión permitió hace un par de días contemplar a la todavía ministra
de Trabajo, Sra.Díaz, proclamando y jactándose de la solidaridad del Gobierno
con la huelga general del 11 de noviembre. La señora hablaba
apasionadamente, como si fuera una desencajada lideresa sindical, y, como
guinda de su encendida arenga – pues eso era, en orden a la participación en
la movida- añadió que, si no fuera por su posición pública, le gustaría formar
parte de un piquete. Ahí queda eso.
Tan ardiente soflama merece algunas reflexiones, tanto por lo que concierne a
la huelga en sí misma como a la frustración de la pobre Yolanda por no poder
actuar de piquetera el día de la acción.
Comenzando por la huelga, a estas alturas son muchas las voces autorizadas
que han señalado la escandalosa anomalía de que una huelga general sea
impulsada por el propio Gobierno. Pero la simpar ex ministra de Hacienda, Sra.
Montero, se ha encargado de aclarar la aparente contradicción y, de paso,
dejar al Gobierno con sus vergüenzas al aire, pues ha dicho que la huelga la
impulsa el Gobierno porque se trata de una huelga “contra la oposición”. Tan
surrealista declaración es de enorme importancia, pues supone aceptar que la
huelga, convocada en vísperas de las elecciones, carece de motivaciones
laborales o de protestas contra medidas o actos del Gobierno, con lo cual abre
la puerta a la valoración sobre su bondad constitucional.
No acaba ahí la cuestión, aunque ya con eso quedan claras cuáles son las
cartas que ahí sobre la mesa, sino que también se debe recordar cuáles son
los motivos esgrimidos por las organizaciones sindicales (UGT y CCOO) para
sumarse a la idea y apoyarla. La convocatoria la hicieron los movimientos
generados alrededor del sin duda gravísimo problema de la falta de vivienda,
especialmente para los jóvenes, ligado a su vez a la falta de oportunidades de
trabajo en condiciones dignas, y se producía en el marco de sonoras y ruidosas
manifestaciones y ocupaciones del espacio público (las acampadas). El motivo
más decisivo de la llamada al paro era y es la carencia y carestía de viviendas
y trabajo, situación de la que los huelguistas, por lo visto, no culpan al Gobierno
que ha dirigido la acción pública durante los últimos ocho años, sino a la
oposición.
No hay que ser un lince para concluir en el evidente carácter electoralista de la
huelga “contra la oposición”, que está llamada a entrar en la historia del
movimiento obrero, y, en lo que se refiere a la participación de estudiantes no
puedo sino expresar (por mi personal experiencia académica) mi escepticismo
rayano en el abierto rechazo a la posibilidad de que en esa patética llamada a
la huelga intervenga ni una sola gota de motivación universitaria. Pero siempre ha sido un recurso muy socorrido extender al impreciso concepto de “estudiantes” la connivencia en cualquier agitación.
Poco se puede decir, que no suponga el más ingenuo de los lectores, sobre la
inutilidad de una huelga general con un Gobierno en funciones, unas
elecciones inminentes y la disolución de las Cortes, salvo que se recuerde que
el paro general se dirige a la oposición, con el llamamiento implícito a secundar
la huelga como extraño acicate para no votar a los que, en el sentir de los
convocantes, están llamados a triunfar en los comicios. Es evidente que se
trata de un galimatías y de un absurdo montaje que, además, el trágico
accidente de Urda, que ha desnudado al Gobierno en lo que concierne a la
seriedad de su compromiso con el interés público, ha transformado en una
decisión sectaria y frívola.
Las huelgas son un instrumento de presión a disposición de los trabajadores y
reconocido como derecho, que se ejerce contra Gobierno o patronales, y que
es un derecho constitucionalmente reconocido, pero si no es posible identificar
contra quién se ejerce, o se sabe la reconocida verdad, la descalificación es
obligada, como también es evidente el flaco favor que las organizaciones
sindicales que se adhieren a la huelga están haciendo a los intereses de la
clase trabajadora, supeditados a los intereses electorales del agonizante
Gobierno.
Dicho lo anterior falta ocuparse del importante tema de los piquetes, de los
que la Sra. Díaz quisiera formar parte. Para empezar, y en contra de lo que
dicha señora dice, no hay razón jurídica que le impida ser piquetista, pues si el
motivo es la preservación de la imagen de imparcialidad del Gobierno no ha de
preocuparse, pues ella misma ha proclamado la solidaridad del Ejecutivo con la
huelga. Pero el tema de los piquetes es grave, pues sería negar la evidencia no
reconocer que, lejos de su inicial carácter de “grupos que informan,” destaca su
frecuente agresividad, que lleva a muchos pequeños negocios a cerrar sus
puertas por miedo a las violentas consecuencias que puede suponer tenerlas
abiertas en ese día.
Llegamos así al delicado punto de la legalidad o ilegalidad de los piquetes,
Hace muchos años existió un delito de forzamiento a la huelga, que fue
suprimido, y que inicialmente se concibió como respuesta a la agresividad de
grupos que actuaban en las jornadas de huelga. El motivo de la supresión fue
que aquel delito olvidaba algo tan evidente como que un contexto de conflicto
como es una huelga hace comprensible la existencia de medios o vías de
información, pero, sobre todo, que las relaciones intragrupales se desarrollan
en una situación de tensión que impide valorar la coacción con las mismas
pautas con las que se haría en un contexto pacífico, además de que el art. 28
de la Constitución reconocía el carácter fundamenta del derecho a la huelga, lo cual, como expresamente declaró el Tribunal Constitucional, obligaba a iinterpretar de manera muy restrictiva ese delito.
Yendo a otro modo de analizar la cuestión se comprende que, al tiempo de la
creación de aquel delito, los penalistas se preguntaran qué falta hacía si ya
existía un delito de coacciones. No se veía la necesidad de crear una “coacción
específica”, y la respuesta que se daba por sus impulsores era muy clara: la
coacción “común” castigada por el Código penal requería (y requiere) el uso de
violencia física o intimidatoria para forzar a alguien a hacer lo que no quiere.
Por lo tanto, la coacción de piquetes, por razones técnicas y de toda índole, fue
suprimida por ser una figura penal perturbadora, innecesaria y potencialmente
injusta que ampliaba el ámbito de lo prohibido.
Ahora bien, y ahí surge la respuesta penal actual: la supresión de aquel delito
no supone la desaparición del delito común de coacciones, lo que quiere decir
que es totalmente falsa la supuesta legitimidad de la violencia protagonizada
por piquetes, lo cual es totalmente falso, pues ni se deroga el delito común de
coacciones, ni los de amenazas o los de daños.
Que se persiga o no, o que la policía intervenga, es harina de otro costal.



