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Torra inhabilitado por el Supremo por unanimidad por faltar a la neutralidad en periodo electoral

La condena es de un año y medio de inhabilitación por no retirar símbolos independentistas durante el periodo electoral

El presidente de la Generalitat, Quim Torra, en el mensaje institucional con motivo de la Diada en 2018 Foto: Europa Press

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado por unanimidad la condena de un año y medio de inhabilitación impuesta al presidente de la Generalitat de Cataluña, Quim Torra, por un delito de desobediencia, lo que supone incapacitarlo para el cargo que actualmente ocupa, según fuentes jurídicas.

La ejecución de esta condena corresponde formalizarla ahora al tribunal que le juzgó por desobedecer a la Junta Electoral Central (JEC), que le ordenó retirar símbolos independentistas durante el periodo electoral de las elecciones del 28 de abril de 2019, que es el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).

Durante la vista por el recurso interpuesto contra esta condena ante el Tribunal Supremo, celebrada el pasado 17 de septiembre, la Fiscalía solicitó la confirmación de la sentencia condenatoria mientras que la defensa del presidente argumentó, para pedir su absolución, que Torra fue tratado por la Junta Electoral Central (JEC) como «minoría nacional» por «tres palabras en una pancarta» que deberían enmarcarse en su libertad de expresión.

El Tribunal en la sentencia señala que Torra «desobedeció de forma reiterada y contumaz las órdenes de la Junta Electoral Central para que retirase determinada simbología de edificios públicos dependientes de la Generalitat durante el proceso electoral de las elecciones generales convocadas para el 28 de abril de 2019, al estimar la Junta que vulneraban la neutralidad exigida a las administraciones públicas en esos procesos”.

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