ANÁLISIS / ¿La condonación de la deuda catalana necesita el ok del Senado?

El Gobierno condonará la deuda que todas las demás CCAA (salvo País Vasco y Navarra) tienen con el Estado

Vista de la fachada del Palacio del Senado.

En el Acuerdo entre PSOE y ERC para facilitar la investidura de Pedro Sánchez se pactó la condonación de parte de la deuda contraída por la Generalitat de Cataluña con el Estado. A 30 de junio de 2023 esa deuda ascendía a 73.110 M, siendo la deuda total catalana 86.800 M. La más alta de España y con diferencia.

Para calcular el importe a condonar se parte del incremento de la deuda total de la Generalitat desde la crisis de 2007 (entonces era 15.766 M) hasta el día de hoy (86.800 M). El incremento es de unos 71.000 M. Y se condona el 20% de ese incremento, unos 15.000 M en números redondos. Esos 15.000 millones se rebajan de la deuda de la Generalitat con el Estado, que quedará así en 73.110 – 15.000 = 58.110 millones. El Sr. Junqueras dijo que eso era como meter 2.000 euros en el bolsillo de cada catalán (calculando 7,5 millones de catalanes).

Para que se vea que esto no es un privilegio a Cataluña, el Gobierno condonará la deuda que todas las demás CCAA (salvo País Vasco y Navarra) tienen con el Estado, aplicando el mismo método. 

SE PRODUCEN FUERTES AGRAVIOS COMPARATIVOS

Sin embargo, con este método resultan agravios comparativos flagrantes pues se condona menos a las que menos se han endeudado. Es decir, a las que han sido más serias en el manejo del dinero. Veamos:

A Andalucía (8,6 millones de habitantes) se le condonarían 6.200 M. Son 721 euros por habitante. La tercera parte que a Cataluña

A Valencia se le condonarían unos 9.200 M. Se ha endeudado mucho.

El caso de Madrid es especial. El incremento de su deuda total es sólo de 28.000 M, cuyo 20% es 5.600 M (830 euros por habitante). Ese importe no se puede rebajar de lo que Madrid le debe al Estado porque Madrid no le debe nada al Estado. Habría que pagárselo directamente en cash para que Madrid cancele parte de la deuda que tiene con terceros. En todo caso, que la condonación para Madrid suponga la tercera parte que para Cataluña tiene difícil explicación.

¿Habrá que cambiar el método y meter 2.000 euros en el bolsillo de cada uno de los 48 millones de españoles? 

Esta condonación va a ser un caos.

LAS CIFRAS TOTALES

A 30 de junio de 2023 la deuda total de las CCAA asciende a 327.346 M. De ellos, deben al Estado 191.750 M. El resto es deuda frente a terceros.

En conjunto, la deuda a condonar por el Estado asciende a unos 53.000 M, a rebajar de los 191.750 M que le deben las CCAA. 

Tras la condonación, la deuda total de las CCAA ascendería a 274.346 M.

QUÉ PAPEL JUEGA EL SENADO EN ESTE TEMA

En septiembre de 2011, en lo peor de la crisis financiera de 2007, Bruselas obligó al Estado español a acatar unas reglas de ortodoxia presupuestaria en materia de deuda y déficit, modificando en profundidad el artículo 135 de la Constitución. PSOE y PP estuvieron plenamente de acuerdo.

Cumpliendo la previsión constitucional, los principios de dicho artículo 135 se desarrollaron en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. Cabe suponer que Bruselas dio su OK a dicha Ley Orgánica.

Nos interesa revisar lo que, bajo el título Establecimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de las Administraciones Públicas, dice el artículo 15 de dicha Ley Orgánica. Veamos su párrafo 1:

En el primer semestre de cada año, el Gobierno, mediante acuerdo del Consejo de Ministros… fijará los objetivos de estabilidad presupuestaria… y el objetivo de deuda pública referidos a los tres ejercicios siguientes, tanto para el conjunto de Administraciones Públicas como para cada uno de sus subsectores (Administración Central, Comunidades Autónomas,Corporaciones Locales y Seguridad Social). Dichos objetivos estarán expresados en términos porcentuales del PIB.

Es obvio que, tras la condonación, el importe de la deuda total del subsector Comunidades Autónomas se ve rebajado en 53.000 M, pasando de 327.346 M a 274.346 M. Eso disminuye el porcentaje sobre PIB.

Y sigue diciendo dicho artículo 15, en su párrafo 6:

El acuerdo del Consejo de Ministros… se remitirá a las Cortes Generales… En forma sucesiva y tras el correspondiente debate en Pleno, el Congreso y el Senado se pronunciarán aprobando o rechazando los objetivos propuestos por el Gobierno.

Si el Congreso o el Senado rechazan los objetivos, el Gobierno, en el plazo máximo de un mes, remitirá un nuevo acuerdo que se someterá al mismo procedimiento.

Queda claro que en este tema el Senado tiene derecho de veto. En la elaboración de las leyes el papel del Senado está subordinado al Congreso, pues éste siempre puede hacer caso omiso de las enmiendas del Senado. No ocurre así en el tema que estamos comentando. Los objetivos de deuda pública deben ser aprobados por el Congreso y deben ser aprobados por el Senado. El rechazo del Senado no puede ser salvado por el Congreso. Si no se consiguen ambas aprobaciones, el Gobierno debe modificar dichos objetivos hasta conseguirlas.

El tema es grave porque el PP dispone de mayoría absoluta en el Senado. Y si, tras la condonación propuesta por el Gobierno, el Senado no da el OK al nuevo objetivo de deuda pública de las CCAA, tenemos un problema. 

¿EL GOBIERNO PUEDE CAMBIAR ESTO?

Frente a lo que estamos diciendo, la reacción del Gobierno será la de modificar al artículo 15.6 de la Ley Orgánica 2/2012, suprimiendo el derecho de veto del Senado y reconduciendo su papel al mismo que tiene en la elaboración de las leyes. Para eso tiene mayoría absoluta en el Congreso.

¿Hará esto el Gobierno? ¿Tendrá algo que decir Bruselas?

Y lo de Madrid es un lío en todo caso porque el artículo 8.2 de la Ley Orgánica 2/2012 prohíbe que el Estado asuma o responda de la deuda de las CCAA con terceros.

Jesús Santidrian
Jesús Santidrian
Inspector de hacienda jubilado

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