El Constitucional blinda la ley de amnistía al rechazar el último recurso

El Pleno rechaza el recurso presentado por la Junta extremeña y da por cerrada la revisión de todos los recursos y cuestiones de inconstitucionalidad planteados contra la norma

Sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.
Sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.

El Tribunal Constitucional ha vuelto a respaldar la ley de amnistía al desestimar el recurso de inconstitucionalidad presentado por la Junta de Extremadura contra la Ley Orgánica 1/2024, aprobada para la «normalización institucional, política y social en Cataluña».

La sentencia, de la que ha sido ponente la vicepresidenta del tribunal, Inmaculada Montalbán, aplica la doctrina fijada en las resoluciones dictadas previamente sobre esta norma y concluye que la Constitución española no prohíbe la concesión de amnistías.

El tribunal sostiene además que el legislador no actuó de forma arbitraria al aprobar la ley, ya que su finalidad era reducir las tensiones políticas y sociales derivadas del proceso independentista catalán. Asimismo, rechaza que la norma vulnere la separación de poderes, la reserva de jurisdicción, la seguridad jurídica, el derecho a la tutela judicial efectiva o que pueda calificarse de «autoamnistía».

El último recurso

El recurso de la Junta de Extremadura también cuestionaba varios artículos concretos de la ley. En relación con el apartado que excluía de la amnistía a quienes hubieran cometido delitos para oponerse al proceso independentista, el Constitucional recuerda que esa cuestión ya fue resuelta en una sentencia anterior, que declaró inconstitucional ese inciso.

Respecto al régimen temporal previsto en la norma, el tribunal considera que parte de la impugnación ha perdido su objeto porque el precepto correspondiente ya había sido anulado en una resolución previa. El resto de las alegaciones son rechazadas al remitirse a la doctrina consolidada por el propio Constitucional.

Con esta resolución, el Tribunal Constitucional da por finalizado el examen de todos los recursos y cuestiones de inconstitucionalidad presentados contra la ley de amnistía. En total, el órgano de garantías ha resuelto 16 recursos de inconstitucionalidad y seis cuestiones de inconstitucionalidad relacionadas con la norma.

La sentencia cuenta con los votos particulares de los magistrados Ricardo EnríquezEnrique ArnaldoConcepción Espejel y César Tolosa, que discrepan del criterio mayoritario del tribunal.

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