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Estrasburgo no ve vulneración de derechos en las cargas policiales del 1-O

El tribunal ha tumbado los dos primeros recursos contra el Estado por las cargas policiales al considerar que las quejas son "infundadas"

El TEDH en Estrasburgo. EFE.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha tumbado los dos primeros recursos contra el Estado por las cargas policiales durante el referéndum del 1-O. El tribunal ha considerado que las quejas son «infundadas» y no ve indicios de ninguna vulneración de derechos fundamentales.

«A la vista de las pruebas aportadas, no parece que se haya producido una vulneración de derechos y libertades» de la Convención Europea de Derechos Humanos, así consta en la notificación del tribunal. Esta es la decisión definitiva de la sala, formada por un único juez, que es quien ha estudiado el caso.

«A la vista de las pruebas aportadas, no parece que se haya producido una vulneración de derechos y libertades»

Los recursos fueron presentados en agosto de 2020 por dos vecinos del Bages que, tras agotar la vía judicial interna llevó el caso ante el tribunal europeo por considerar que se había vulnerado su derecho a un juicio justo, con una investigación muy «escasa» de las cargas policiales. Los denunciantes fueron dos de las 16 personas heridas leves durante una carga en la escuela Sant Miquel de Castellgalí, un pueblo de unos 2.000 habitantes cercano a Manresa.

Los denunciantes fueron dos de las 16 personas heridas leves durante una carga en la escuela Sant Miquel de Castellgalí, un pueblo de unos 2.000 habitantes cercano a Manresa.

Además, denunciaban que se habían vulnerado otros derechos fundamentales, como el derecho de reunión, el de libertad de expresión y el de no ser sometido a un trato inhumano o denigrante.

Una actuación desproporcionada

Según la defensa de uno de los dos denunciantes, no había un número suficiente de personas como para que la intervención policial resultase necesaria. Por tanto, considera que fue una actuación desproporcionada para hacer daño. Según su versión, su cliente fue apartado de las puertas de la escuela Sant Miquel «a golpes» y «patadas». Sin embargo, según el abogado del otro denunciante, la justicia española «se guió por la escasa gravedad de las lesiones.

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