Declaran nulo el ERE de Leitat y AAT por constituir un grupo patológico a efectos laborales

Fachada del edificio de Leitat en Terrassa
Fachada del edificio de Leitat en Terrassa

El Juzgado de lo Social nº 1 de Terrassa ha declarado la nulidad de los despidos de 59 trabajadores de Asociación Acondicionamiento Tarrasense y Fundación Leitat a las que la sentencia declara » grupo patológico de empresas a efectos laborales«. Las razones según el Juzgado, son: a)Identidad de apariencia externa y del uso indistinto de la Marca Leitat b) Funcionamiento unitario con confusión de plantillas b) Confusión patrimonial c) Unidad de caja d) Propósito defraudatorio en el uso de la personalidad e) Uso abusivo de la dirección unitaria

El consejero que tuteló el expediente impugnado por fraudulento, por ser la máxima autoridad laboral, fue el conseller d’Empresa i Ocupació, Sr Roger Torrent, ex presidente del Parlamento de Cataluña, ex alcalde de Sarria de Ter, y que es el delegado de Leitat en Girona a la par que fundador de Dualys una consultora estratégica de Defensa con el objetivo de impulsar la industria dual y la seguridad en Cataluña. Su nueva actividad contrasta con su actuación siendo Conseller en que negó la inversión del consorcio TESS DEFENCE en la Zona Franca alegando » EL Govern no apoyará en ningún caso que una industria militar se instale en los terrenos de la Zona Franca que actualmente ocupa NISSAN»

El origen de la sentencia es la reclamación por despido colectivo nulo, del ERE de la Asociación Acondicionamiento Tarrasense de marzo de 2024.
(Asociación Acondicionamiento Tarrasense) La AAT está dirigida por CECOT y
por ACCIÓ, cuyos miembros componen toda su Junta Directiva.
La Fundación Leitat (FL), constituida en 2008, tiene su Patronato formado
mayoritariamente formado por las mismas entidades y personas que la Junta
de AAT, más los alcaldes de Terrassa y Matadepera. El presidente es el
mismo en ambas entidades y, por estatutos, el presidente de la Fundación
debe ser el de AAT, así como representación obligatoria de CECOT y Accio.

Según la sentencia » En conclusión procede declarar la nulidad de los despidos al considerar que Fundación Leitat y Asociación Acondicionamiento Tarrasense conforman un grupo patológico de empresas a efectos laborales y haber incumplido el deber de negociar de buena fé y al no haberse detallado una causa organizativa objetiva independiente de las causas económicas».

La declaración de nulidad implica para los trabajadores devolver la indemnización de 30 días con un máximo de 12 meses recibida , y recibir a cambio los salarios de tramitación ( entorno a 10 millones según cálculos iniciales partiendo del salario diario fijado en la sentencia). La empresa deberá pagar la Seguridad Social correspondiente ( entre 3 y 4 millones según fuentes consultadas).

Los afectados deberían ser readmitidos pero al haber cerrado el centro de trabajo la jurisprudencia indica que se rescindan los contratos sin causa justificativa , es decir como despido improcedente, lo que aumenta la indemnización que en su día se fijo en el ERE. En concreto de 30 días con un máximo de 12 mensualidades fijado por el ERE a 33 días con un máximo de 24 mensualidades para contratos iniciados a partir del 12 de febrero 2012 y de 45 dias para contratos anteriores hasta el 11 de febrero 2012 con tope de 42 mensualidades . La sentencia, si deviene firme , tendrá efectos sobre el resto de afectados por el ERE , 56, que no recurrieron según Tirso Gracia director de Galibier Legal bufete que ha llevado la defensa de parte de los demandantes. Por tanto el coste para las entidades afectadas de no querer pactar una indemnización más generosa en su día puede ser cercana, en total, a los veinte millones de euros.

Se debe señalar que la sentencia no es firme ya que cabe recurso de suplicación ante la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Pero para poder presentar el recurso es necesario aval bancario que , por lo menos, debe incluir los salarios de tramitación . La cuantía del aval será probablemente un nuevo motivo de discrepancias entre las partes que deberá resolver la Jueza que ha dictado la sentencia.

A pesar de lo elevado del aval se prevé que se presente el recurso pero que se acabe negociando entre las partes. Las entidades afectadas para reducir el coste, los trabajadores para no tener que esperar años y eliminar incertidumbres.

Francesc Moreno
Francesc Moreno
Abogado y editor. Ha sido profesor de derecho financiero en la UAB y derecho mercantil en la UB. Fundador de cronicaglobal.com y SCC .

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