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La Junta Electoral Central pide al Parlamento europeo que declare vacante el escaño de Puigdemont

Ninguno de los eurodiputados fugados de la Justicia española ha acatado la Constitución ante la JEC, como obliga la ley

Toni Comín y Carles Puigdemont en el Parlamento europeo.

La Junta Electoral Central (JEC) ha adoptado este miércoles el acuerdo de trasladar al Parlamento europeo la petición de que deje vacante el escaño que ocupa el fugado Carles Puigdemont por considerar que «no ha adquirido la condición plena de diputado» de esta cámara por no cumplir el artículo 224.2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral. Este artículo establece que «los candidatos electos deberán jurar o prometer acatamiento a la Constitución ante la Junta Electoral Central» en un plazo de cinco días tras su proclamación. En caso de no hacerlo, añade, «la Junta Electoral Central declarará vacantes los escaños correspondientes a los diputados del Parlamento Europeo que no hubieran acatado la Constitución y suspendidas todas las prerrogativas que les pudieran corresponder por razón de su cargo». Solo en el caso de acatar la Constitución ante este organismo, podrían volver a ejercer como eurodiputados.

«Este es el motivo por el que no se ha expedido la credencial de diputado al Parlamento Europeo» de Puigdemont, según se indica en el acuerdo. Una conclusión basada en cuestiones como que «el acatamiento es un acto personalísimo que se debe realizar presencialmente ante la JEC» y para el que «no resultan admisibles otros procedimientos». Y es que, obviamente, Puigdemont no ha pedido realizar este acatamiento por haber huido de la Justicia española a finales de 2017. Lo mismo sucede en los casos de los también eurodiputados fugados de España Toni Comín y Clara Ponsatí y de Ferrando Solé.

Respaldo del Tribunal Supremo

La JEC deja claro en el acuerdo, dirigido a la presidenta del Parlamento europeo, que estos cuatro «candidatos electos» carecen de la credencial de diputados por su «negativa» a «cumplir un requisito establecido en la legislación electoral vigente» y que, por este motivo, no pueden adquirir la condición plena de eurodiputados. Esta decisión está respaldada, recuerdan, por sentencias del Tribunal Supremo que, a su vez, ya han analizado la decisión del Tribunal de Justicia de la UE de eximir a Oriol Junqueras de esta obligación. Y recuerda que el Tribunal General de la UE, en una sentencia de junio de este año, rechaza que la legislación española sea contraria al Derecho europeo en este sentido.

La JEC subraya que, además, la presidencia del Parlamento europeo decidió reconocer como eurodiputados a los fugados separatistas sin escuchar a este organismo español y contra el criterio establecido por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo.

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SIL

1 COMENTARIO

  1. CREO ,PUIGDEMONT, QUE DEBERIÍA PASAR UNOS CÓMODOS MESES EN LLADONERS PORQUE SI CAMBIA EL GOBIERNO , LE VA A IR PEOR.NO SE DEJE UTILIZAR POR LAS RAHOLA DE TURNO QUE NO TIENEN NADA QUE PERDER.

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