Nuevo revés judicial para la inmersión lingüística obligatoria en Cataluña. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha vuelto a dar la razón a una familia que reclamaba una mayor presencia del castellano en la enseñanza y ha ordenado que una alumna del Institut Escola El Pi Gros, en Sant Cebrià de Vallalta (Maresme), reciba al menos un 25% de su educación en español. La resolución obliga al centro a impartir en castellano, además de la asignatura de Lengua Castellana, otra materia no lingüística para toda la clase.
Se trata de la primera sentencia que aplica el reciente aval del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) al modelo del 25% de castellano en las aulas catalanas, una resolución que, según el propio fallo, refuerza la doctrina ya existente sobre los derechos lingüísticos de los alumnos. Asimismo, el tribunal toma como referencia la reciente sentencia del Tribunal Supremo que obliga a incluir el castellano en la rotulación de los centros educativos públicos al considerar discriminatoria su exclusión.
La sentencia estima parcialmente el recurso presentado por el padre de la menor y concluye que el proyecto lingüístico del centro no garantiza una presencia suficiente del castellano en la actividad docente. A juicio de la Sala, limitar prácticamente el uso del español a la asignatura específica de Lengua Castellana vulnera el principio de equilibrio que debe existir entre las dos lenguas oficiales.
Aunque el TSJC rechaza anular el proyecto lingüístico del colegio, deja claro que el derecho de los alumnos a recibir enseñanza en castellano continúa plenamente vigente pese a la normativa aprobada por el Parlamento de Cataluña en 2022 para impedir la aplicación de porcentajes lingüísticos. Por ello, ordena que el español también sea lengua vehicular en otra asignatura troncal o de características similares.
La decisión afecta a todos los alumnos del aula
Uno de los aspectos más relevantes de la sentencia es que sus efectos no se limitan a la alumna cuya familia presentó la demanda. El TSJC reconoce «el derecho de la parte actora a recibir, junto con sus compañeros, una enseñanza que incluya el castellano como lengua vehicular», lo que obliga a que toda la clase reciba esa materia adicional en español, aunque el resto de las familias no lo hubiera solicitado.
La Sala sostiene además que el proyecto lingüístico del centro, que establece el catalán como lengua de enseñanza en todas las materias salvo Lengua Castellana e idiomas extranjeros, ni siquiera parece garantizar los objetivos mínimos sobre uso del castellano fijados por la propia legislación catalana de 2022.
Incluso va un paso más allá al cuestionar la constitucionalidad de esas normas, pese a que el Tribunal Constitucional todavía no se ha pronunciado sobre los recursos presentados contra ellas.
En su argumentación, el TSJC recuerda que debe existir «una situación de equilibrio» entre el catalán, como lengua de referencia del sistema educativo, y el castellano, lengua oficial común de todos los españoles, de forma que el uso de una no implique la exclusión de la otra. Por ello, concluye que el centro deberá adoptar las medidas necesarias para garantizar el derecho de la alumna a recibir enseñanza también en castellano.
Plataforma per la Llengua recurrirá la resolución
La Plataforma per la Llengua ha anunciado que recurrirá la sentencia al considerar que supone «un nuevo ataque contra la escuela en catalán». La entidad sostiene que la resolución demuestra que las recientes decisiones del TEDH y del Tribunal Supremo abren una nueva vía para incrementar judicialmente la presencia del castellano en las aulas catalanas, según recoge El Nacional.
La organización denuncia que estas resoluciones persiguen debilitar el modelo de inmersión lingüística y reducir el peso del catalán en el sistema educativo. Asimismo, hace un llamamiento a convertir la defensa de la lengua catalana en una prioridad durante el próximo curso y reclama una respuesta colectiva para frenar lo que considera una ofensiva judicial contra el modelo educativo vigente.



